
Las lesiones permanentes no invalidantes como su nombre lo indica son lesiones con las cuales la persona puede seguir con sus actividades normales pero que siempre va a permanecer presentes por su grado de permanencia. Este tipo de lesiones son causadas generalmente por accidentes de trabajo o enfermedad profesional y pueden disminuir o alterar el funcionamiento físico de una persona. Por tanto pueden generar una indemnización para el empleado por parte del empleador.
No inhabilitan por completo a una persona ni la dejan inválida permanentemente, como es claro en el término con el que se nombra. Sin embargo, dado que la indemnización se paga una única vez si puede afectar notablemente la vida de un ser humano. Porque luego de ser retirado e indemnizado de la empresa, debe procurarse un buen empleo para subsistir y con una lesión permanente probablemente no le sea fácil conseguir un nuevo oficio.
Pueden ser lesiones permanentes no invalidantes, según las leyes de salud laboral, lesiones, deformidades y mutilaciones que comprometan la integridad del trabajador en la labor que desempeña. La ley establece que el tipo de indemnización para esta clase de lesiones se paga una única vez según lo determine el baremo indemnizatorio.
Dado que todo trabajador debe contar con una seguridad social, cuando ocurre una lesión permanente no invalidante, el empleador esta obligado a pagar la indemnización y obviamente el trabajador esta en todo su derecho de cobrarla.
Para llevar a cabo este trámite se hace necesario que:
• la empresa para la cual trabaja el empleado actúe conforme conoce la ley e indemnice de acuerdo al baremo.
• Mediante la inspección del trabajo para conocer los móviles del accidente o de la enfermedad laboral.
• El Servicio Publico de Salud puede solicitarle a la empresa el pago de la indemnización
El trabajador debe contar con toda la documentación y evaluaciones medicas necesarias que certifiquen que el tiene una lesión permanentes no invalidantes que compromete su integridad física. Llenar un formulario donde van todos sus datos y la descripción de las lesiones, mutilaciones o deformidades causadas en su que hacer laboral. Estos formularios pueden ser descargados de internet y deben ir junto con la demás documentación.
Es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el encargado de vigilar que las leyes de protección en salud para el empleado se cumplan. Por ello toda la documentación debe ser llevada a dicho estamento.
Existe un organismo llamado equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) que se encarga de evaluar la lesión y dictaminar si efectivamente es una lesión permanente no invalidante.
Del EVI, se pasa al INSS nuevamente para que los directores provinciales de divo estamento corroboren el tipo de lesión, dicten una resolución al respecto y fijen la cuantía de la indemnización.
Las lesiones permanentes no invalidantes en ocasiones no privan al trabajador de su empleo, pues hay situaciones en las que el trabajador puede seguir ejerciendo su labor pero en tal caso no se le indemnizaría ya que no sale de la empresa.